Resoluciones, reglamentos y otros documentos

El funcionamiento de los FIDAC se rige por el Convenio del Fondo de 1992 y el Protocolo relativo al Fondo Complementario. A fin de dar cumplimiento a los Convenios, los órganos rectores de los Fondos han adoptado o aprobado una serie de resoluciones, reglamentos y otros documentos.

Resoluciones

Las resoluciones de la Asamblea son expresiones formales de la opinión o la voluntad de sus Estados Miembros. El preámbulo de cada resolución presenta, en general, las consideraciones en función de las cuales se adoptan decisiones, se expresan opiniones o se da una directriz. La parte dispositiva expresa la opinión del órgano o la medida que se ha de adoptar. El Fondo de 1992 y el Fondo Complementario adoptan sus propias resoluciones por separado.

Reglamento interior de los órganos rectores

Se trata de las normas internas de organización y funcionamiento de los órganos rectores. El Reglamento interior enuncia las normas y procedimientos operativos por los cuales se reúnen los órganos rectores. El Fondo de 1992 y el Fondo Complementario tienen cada uno su propio Reglamento interior.

Reglamento interior

El Reglamento interior regula las normas de funcionamiento interno de los Fondos, principalmente en lo que respecta a las contribuciones, los informes sobre la recepción de hidrocarburos sujetos a contribución, las reclamaciones y su liquidación, la intervención en procedimientos judiciales, la delegación de autoridad y la indemnización de reclamaciones debidas a siniestros. El Fondo de 1992 y el Fondo Complementario tienen cada uno su propio Reglamento interior.

Reglamento financiero

El Reglamento financiero regula las normas financieras de los Fondos, principalmente en lo que respecta a las cuestiones presupuestarias, la gestión de fondos, la inversión de activos, el control interno y la preparación y auditoría de los estados financieros de los Fondos. El Reglamento prevé la supervisión interna y externa de las finanzas y los activos de los Fondos. El Fondo de 1992 y el Fondo Complementario tienen cada uno su propio Reglamento financiero.

Acuerdo relativo a la sede

El Fondo de 1992 administra la Secretaría común de los FIDAC, con sede en Londres.

La relación entre el Fondo de 1992 y el Estado anfitrión se rige por un relativo a la sede concertado en 1996 entre el Gobierno del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte y el Fondo de 1992. El Acuerdo relativo a la sede define la personalidad jurídica, los privilegios y las inmunidades del Fondo de 1992 y las personas con él relacionadas, para que el Fondo de 1992 pueda plena y eficazmente desempeñar sus funciones y cumplir sus propósitos. El Fondo Complementario cuenta con su propio acuerdo relativo a la sede. El 23 de marzo de 2022 se firmaron en la sede de los FIDAC en Londres un Acuerdo relativo a la sede revisado entre el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte y el Fondo de 1992, y un nuevo Acuerdo relativo a la sede entre el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte y el Fondo Complementario.

 

 

Estatuto y Reglamento del personal

En el Estatuto se enuncian las condiciones básicas de empleo y los derechos, deberes y obligaciones fundamentales del personal de la Secretaría. En el Estatuto se fijan los principios generales de la política de recursos humanos que debe seguirse en la dotación de personal y la administración de la Secretaría. La Asamblea del Fondo de 1992 aprueba y adopta el Estatuto del personal.